El Congreso del Estado aprobó el Decreto que reforma la Constitución Política del Estado en materia de desarrollo sustentable y sostenible de las comunidades. de esta manera, se propone reformar los artículos constitucionales que utilizan el término “sustentable”, para sustituirlo por el vocablo “sostenible”, a fin de armonizar el lenguaje constitucional con el marco normativo internacional y con la evolución conceptual en materia de desarrollo.
El término “sostenible” es reconocido internacionalmente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) desde la publicación del Informe Brundtland en 1987, en el que se definió el desarrollo sostenible como aquel que “satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades”.
En México, aunque históricamente se ha utilizado el término “sustentable” en la legislación, existe una creciente coincidencia entre expertos, académicos y organismos internacionales respecto a que “sostenible” es el término más adecuado por su coherencia lingüística con el derecho internacional y por su mayor amplitud semántica. El vocablo “sostenible” implica una visión integral que abarca los ámbitos ambiental, económico, social y cultural, mientras que “sustentable” ha sido entendido en ocasiones de manera más restringida, centrada en lo ambiental.
La decisión de armonizar la denominación sustentable por “sostenible”, plasmada en el texto local, con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es acorde a diversos tratados que buscan promover un desarrollo que satisfaga las necesidades del presente, sin comprometer las capacidades de las futuras generaciones.
Si bien los conceptos “sustentable”, y “sostenible”, no son iguales en términos técnicos, también lo es que puede afirmarse que no se oponen sino que, incluso, son complementarios. En efecto, el desarrollo sustentable es hacer un uso correcto de los recursos actuales sin comprometer los de las generaciones futuras





