La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que en la capital potosina los menores de edad podrán asistir a los festejos taurinos, siempre y cuando estén acompañados de un adulto con autorización oficial, dejando firme la modificación a los reglamentos municipales realizada en 2022.
Bajo el expediente 753/2024, la Segunda Sala del máximo tribunal del país, con ponencia de la ministra Jazmín Esquivel Mossa, resolvió negar el amparo solicitado por un grupo animalista que exigía la prohibición total del ingreso de menores a espectáculos taurinos, argumentando la protección de los derechos de la infancia.
El caso se remonta a 2022, cuando el Ayuntamiento de San Luis Potosí modificó sus reglamentos de comercio, espectáculos y taurino a partir de una recomendación emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, estableciendo que los menores que desearan asistir a corridas de toros deberían hacerlo únicamente acompañados de madre, padre o tutor legal.
Sin embargo, tras la entrada en vigor de esta disposición, una organización en defensa de los animales promovió un amparo ante un Juzgado Federal, solicitando que la restricción fuera absoluta y los menores no pudieran asistir bajo ninguna circunstancia. En una primera etapa se les concedió la suspensión provisional, pero el juez de primera instancia negó el amparo de fondo, lo que llevó a los quejosos a interponer un recurso de revisión que llegó hasta la Suprema Corte.
Finalmente, con una votación mayoritaria, la Corte resolvió que los menores sí pueden asistir a espectáculos taurinos siempre que estén acompañados de un adulto y cuenten con una autorización previa, con lo que se ratifica la validez de las reformas municipales realizadas en 2022.