El aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores y es una obligación dar esta prestación a todos los trabajadores, así lo dicta la Ley Federal del Trabajo.
«En general, dicha prestación aplica para todas las personas trabajadoras que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón», refiere la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
De acuerdo a la Profedet, el artículo 87 de la ley antes menciona, señala que el aguinaldo es una obligación y debe de dárseles a todos los trabajadores antes del 20 de diciembre.
La prestación está disponible para un trabajador de base, de confianza, de planta, sindicalizado, con contrato de obra o tiempo determinado, trabajador a prueba o eventual.