La libertad de expresión constituye un reflejo del ejercicio democrático de los particulares, sin embargo, para su vigencia es necesario que el Estado lo garantice plenamente, pues de él deriva la posibilidad de una mayor participación de las personas en los intereses de la sociedad en beneficio del país y de la eficacia de las tareas gubernamentales.
El 07 de junio de 1951, fue establecido como el “Día de la libertad de expresión”, durante el gobierno de Presidente de la Republica Miguel Alemán Valdés
Este derecho humano, se manifiesta en la facultad para expresar cualquier pensamiento que no sea contraria a lo establecido por la ley.
Involucra los aspectos de investigar, recibir información, manifestar ideas, escribirlas y publicarlas y, a la vez contribuye al ejercicio de otros derechos y libertades fundamentales como los derechos de reunión, asociación, petición y participación política-ciudadana.
Se encuentra consagrado como un Derecho fundamental en los artículos 6 y 7, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los numerales 19, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 19, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 13, de la Convención Americana de Derechos Humanos y; los puntos 1 y 2 de la Declaración de Principios sobre libertad de Expresión.
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, por lo que nadie debe ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.