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Altiplano, en la mira del Congreso por uso de animales para acarreo

La reforma contempla sanciones que van desde tres hasta 120 días de multa

El Congreso del Estado de San Luis Potosí modificará el artículo 127 de la Ley de Protección a los Animales para aumentar las penas contra quienes utilicen vehículos tirados por animales, como caballos, burros o mulas, para la recolección de fierro, basura o residuos domésticos. La reforma contempla sanciones que van desde tres hasta 120 días de multa, calculadas con base en el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.

La Ley de Protección a los Animales para el Estado define como animales de monta, carga, tiro y labranza a caballos, yeguas, ponis, mulas, asnos y reses que son utilizados para transportar personas o productos, realizar trabajos de tracción o generar beneficios económicos para sus dueños. En su artículo 36 ya se prohíbe el uso y tránsito de estos vehículos para la recolección de desechos, pero con esta modificación se busca reforzar las sanciones y desalentar la práctica.

De acuerdo con legisladores, el uso de animales en estas labores vulnera principios básicos de bienestar animal, al exponerlos a jornadas de trabajo forzadas, mala alimentación, lesiones y condiciones insalubres. La problemática es particularmente visible en el Altiplano potosino, sobre todo en municipios como Real de Catorce, donde esta práctica sigue siendo común.